La renta de casas, apartamentos y locales comerciales están regulados en la Ley de Arrendamientos y Subarrendamientos Urbanos, es en esta ley específicamente dónde vamos a encontrar la gran mayoría de aspectos que están regulados.
En esta legislación de la que vamos a hablar, nos va a permitir conocer que podemos y que no podemos hacer, cuáles son nuestros derechos y nuestras obligaciones, ya sea como el arrendatario o como el arrendante.
Por nuestra parte recomendamos siempre hacer contratos para los arrendamientos, ya que esto les permite conocer y establecer las responsabilidades, límites y por su puesto los términos acordados y negociados, así como establecer un mecanismo para la solución de controversias.
Debemos indicar que las partes que conforman este tipo de contrato usualmente son 2, el arrendatario es aquel que alquila, y el arrendante es el propietario del inmueble que lo da en alquiler.
Señalamos 15 puntos que serán necesarios para generar un contrato de arrendamiento, a continuación:
1. Fecha efectiva del contrato.
2. Identificación de las partes.
3. Descripción del inmueble arrendado.
4. Estado del inmueble arrendado.
5. Uso permitido del bien arrendado (destino).
6. Precio del arrendamiento y forma de pago.
7. Plazo del arrendamiento.
8. Depósito de garantía.
9. Mantenimiento y reparaciones.
10. Mejoras, modificaciones o alteraciones.
11. Inspecciones.
12. Pago de servicios.
13. Cesión y subarrendamiento.
14. Incumplimientos y remedios.
15. Notificaciones.
La ley de arrendamientos es de orden público, por lo que todas aquellas cláusulas que sean contrarias o abusivas se deben tener por no puestas y además los derechos de los arrendatarios es irrenunciable.
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